El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero (BOE de 27 de febrero), en relación con la Directiva 2008/68/ CE en lo que afecta al transporte por carretera, determina que las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, al menos un Consejero de Seguridad.
Fecha inicio: 28 de septiembre
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